Una Inmersión Profunda en el Enfoque de Sistemas Multilaterales
POR QUÉ ES IMPORTANTE: Mover semillas alrededor del mundo puede ser un verdadero dolor de cabeza. Uno de los principales obstáculos que hay que superar son las numerosas y a menudo divergentes normativas fitosanitarias nacionales. Cada país tiene una serie de requisitos diferentes. Estas diferencias normativas imponen a las empresas una gran presión en términos de recursos para cumplir con tantos requisitos, provocando retrasos e incluso rechazos de los envíos de semillas.
En un intento de armonizar y simplificar el movimiento internacional de semillas, el sector de las semillas ideó una alternativa a la compleja forma de trabajar actual, denominada Enfoque de Sistemas Multilaterales. Para saber cómo este enfoque beneficia a las distintas partes interesadas en la cadena de suministro de semillas, Seed World Europe entrevistó a Isabel Bezuidenhout, responsable fitosanitaria de la Organización Sudafricana de Semillas (SANSOR), Merel Langens, gerente global de asuntos industriales de la división de semillas hortícolas de BASF y presidenta del Grupo de Expertos en Enfoque de Sistemas de la Federación Internacional de Semillas (ISF), y Rose Souza Richards, responsable de sanidad de semillas de la ISF.
Normativas Fitosanitarias Divergentes
Las normas y directrices internacionales, establecidas por la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), proporcionan un marco común para armonizar las medidas fitosanitarias y promover la coherencia. El objetivo de la CIPF es facilitar un comercio seguro y reducir al mínimo las barreras comerciales innecesarias. «Sin embargo, debido a la compleja naturaleza de la fitosanidad y a los diferentes perfiles de las plagas en los distintos países, no siempre es posible lograr una armonización completa”, afirma Bezuidenhout. Otro factor que dificulta la armonización completa es el hecho de que los acuerdos de la CIPF suelen ser bilaterales, entre dos países. Para la industria internacional de semillas, lo más adecuado sería un marco multilateral reconocido.
Un principio importante del acuerdo de la CIPF es que los países tienen autoridad soberana. Esto significa que cada país puede prescribir las medidas fitosanitarias que considere necesarias para proteger la salud de las plantas dentro de su propio país. Cada país evalúa el riesgo de plagas relacionado con la importación de semillas, y las decisiones sobre los requisitos de importación se toman en función de este riesgo y del “nivel adecuado de protección” (NAP) determinado por el país. “Esto ha llevado a la situación actual, en la que no hay armonización de los requisitos fitosanitarios de importación. Por ejemplo, hay unos 28 países que han aplicado, más o menos, requisitos de importación diferentes para garantizar la ausencia del virus de la rizomanía parda del tomate (ToBRFV) en las semillas de tomate.
Esto hace que sea muy tedioso y complejo para las empresas de semillas enviar un lote de semillas a varios países, ya que hay que cumplir los requisitos de todos ellos (inspección sobre el terreno, tratamiento de las semillas, pruebas con diferentes técnicas, etc.)”, afirma Langens.
El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y de la CIPF permiten a los países imponer reglamentos fitosanitarios para proteger la salud de las plantas, pero establecen que todas las medidas deben basarse en una evaluación del riesgo de plagas o en normas internacionales recomendadas. “El principal objetivo de estas normativas es proteger la agricultura y los recursos naturales nacionales de las posibles amenazas que supone la introducción de plagas y enfermedades a través del comercio internacional. La industria de las semillas ha observado un rápido aumento en la divergencia de requisitos fitosanitarios por parte de las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) en los últimos años, con una tendencia emergente de requisitos específicos para cada plaga”, afirma Bezuidenhout.
Souza Richards explica que la aplicación de normativas fitosanitarias divergentes entre países puede atribuirse a varios factores. “Las normativas fitosanitarias son medidas diseñadas para proteger la salud de las plantas y prevenir la propagación de plagas y enfermedades que pueden dañar los cultivos agrícolas, los bosques y los ecosistemas naturales”, afirma. Aunque los objetivos generales de las normativas son los mismos, puede haber variaciones en la forma en que los países enfocan estas normativas por varias razones:
- Prioridades nacionales: Cada país tiene sus propias prioridades agrícolas, medioambientales y económicas. A menudo, las normativas fitosanitarias se adaptan para abordar los riesgos y retos específicos a los que se enfrenta un país concreto. Por ejemplo, un país que depende en gran medida de un cultivo específico puede tener reglamentos más estrictos para protegerse contra las plagas que podrían devastar ese cultivo.
- Evaluación de riesgos: Las normativas fitosanitarias suelen basarse en evaluaciones científicas del riesgo realizadas por las ONPF o los organismos de reglamentación. Sin embargo, la interpretación y aplicación de los datos científicos puede variar. Los distintos países pueden tener diferentes niveles de tolerancia al riesgo o interpretar de manera diferente las pruebas científicas disponibles.
- Consideraciones regionales: Los países colaboran a menudo en marcos regionales para armonizar las medidas fitosanitarias. Organizaciones regionales como la Organización Europea de Protección Fitosanitaria (OEPP), la Organización Norteamericana de Protección Fitosanitaria (NAPPO) o la Comisión de Protección Fitosanitaria para Asia y el Pacífico (APPPC) trabajan para armonizar la normativa en sus respectivas regiones. Sin embargo, incluso dentro de los marcos regionales, puede haber variaciones debidas a las circunstancias específicas de cada país o a las diferentes perspectivas científicas.
- Consideraciones comerciales: Las normativas fitosanitarias también se ven influenciadas por consideraciones comerciales internacionales. Los países pueden adoptar reglamentos para proteger sus industrias agrícolas nacionales de la introducción de plagas y enfermedades que traen los productos importados. Estas normativas pueden ser más estrictas o desviarse del consenso científico para salvaguardar los intereses nacionales.
Las regulaciones no basadas en la ciencia son problemáticas por varias razones. “El aumento de normativas fitosanitarias que adoptan un enfoque no basado en la ciencia contradice las normas y los acuerdos internacionales. Además, este aumento de la normatividad incrementa significativamente los costos y afecta la capacidad de las empresas semilleras para hacer llegar las semillas a los agricultores oportunamente”, afirma Bezuidenhout.
Aunque la intención de la normativa fitosanitaria es basarse en datos científicos y en la evaluación de riesgos, las diferencias de interpretación, condiciones locales y de prioridades pueden dar lugar a medidas diferentes en los distintos países. La armonización de estas normativas y el fomento de la cooperación internacional siguen siendo retos constantes para facilitar un comercio mundial seguro.
Una Alternativa: El Enfoque de Sistemas Multilaterales
Souza Richards aclara que podría aplicarse un Enfoque de Sistemas (ES) multilateral como alternativa a la actual certificación fitosanitaria. “Un ES multilateral es un marco coordinado y armonizado diseñado para minimizar los riesgos asociados al comercio internacional de plantas y productos vegetales aplicado por múltiples -más de dos- países. Implica un enfoque sistemático y basado en la ciencia que tiene en cuenta todas las actividades durante toda la cadena de producción y suministro, desde el origen hasta el destino, para garantizar el movimiento seguro de semillas y reducir al mismo tiempo la propagación de plagas y enfermedades”, añade.
En el marco de un ES multilateral, las empresas semilleras pueden ser certificadas como productoras de semillas libres de plagas sobre la base de sus prácticas y protocolos de higiene. La certificación la realizan las autoridades del país en el que se produce la semilla y la reconocen los demás países del acuerdo, preferiblemente el mayor número posible. “Las empresas certificadas pueden enviar semillas de forma más predecible entre los países que reconocen el sistema”, afirma Langens. “Y la colaboración con la CIPF sería la mejor manera de lograr la armonización”, añade.
El objetivo general de un ES multilateral es facilitar un comercio internacional seguro que al mismo tiempo se gestionen eficazmente los riesgos fitosanitarios.
“Mediante la aplicación de un enfoque armonizado que tenga en cuenta toda la cadena de producción y suministro, los países pueden reducir al mínimo la introducción y propagación de plagas y enfermedades, proteger sus propios sistemas agrícolas y contribuir a la seguridad fitosanitaria mundial”, explica Souza Richards.
“Este enfoque puede mejorar el comercio mundial y, al mismo tiempo, garantizar la protección de la agricultura nacional, los recursos naturales y la bioseguridad”, añade Bezuidenhout.
Beneficios de un Enfoque Sistémico
El aumento del comercio y de los requisitos fitosanitarios ejerce cada vez más presión sobre los recursos de la ONPF. “Un ES [multilateral] reduciría esa presión, ya que es una alternativa armonizada a las pruebas realizadas envío a envío. El rol de la ONPF pasaría a ser el de supervisor del sistema, lo que le permitiría cumplir su mandato con mayor eficacia”, afirma Langens. Con la publicación de la NIMF45 «Requisitos de las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria en caso de que autoricen a entidades a realizar acciones fitosanitarias», las ONPF también podrían considerar la posibilidad de autorizar a entidades que apoyen la auditoría.
Añade que una ES facilitaría la evaluación del riesgo por parte de las ONPF, ya que se proporcionarían orientaciones sobre las plagas para las que las semillas son una vía. “Además, habría sugerencias sobre medidas de mitigación del riesgo. Como la SV es una alternativa al sistema actual y no un sustituto, la autoridad soberana de los países no se vería comprometida.”
“En un estudio piloto se está probando si es posible llegar a un acuerdo entre ONPF de cuatro países sobre una lista de plagas relevantes y un conjunto de medidas de mitigación de referencia para un cultivo. Este es el primer paso para demostrar que la aceptación multilateral es factible”, afirma.
Además de las ventajas mencionadas, Bezuidenhout subraya que un ES ofrecería una solución a largo plazo al actual mosaico de certificaciones fitosanitarias que difieren de un país a otro.
Como tal, proporcionaría un marco más eficiente y predecible para el movimiento internacional de semillas; conduciría a una armonización global de las plagas reguladas para cada cultivo, facilitando una reexportación más eficiente; reduciría la carga de trabajo de las ONPF, ya que supervisarían el sistema en lugar de regular los requisitos para cada envío, y permitiría abordar de forma más proactiva los patógenos emergentes.
“También protegería la agricultura nacional”, afirma Souza Richards. “Al gestionar los riesgos fitosanitarios mediante un enfoque sistémico, un país puede proteger su propia agricultura y sus recursos naturales de la introducción y propagación de plagas y enfermedades. Esto ayuda a salvaguardar la seguridad alimentaria, el medio ambiente y la economía del país”.
Aparte de estas ventajas, un ES también es beneficioso para la colaboración y el intercambio de información. La aplicación de un ES multilateral requiere de comunicaciones claras y del esfuerzo conjunto de múltiples partes interesadas, incluyendo organismos gubernamentales, socios industriales y organizaciones internacionales. Un ES requiere cooperación, intercambio de conocimientos y creación de capacidad, lo que puede beneficiar al sistema fitosanitario general del país.
Al adoptar un ES, los países pueden fortalecer sus sistemas fitosanitarios, proteger sus industrias agrícolas, promover el comercio internacional y contribuir a los esfuerzos mundiales para garantizar la seguridad fitosanitaria.